
En la era digital, los activos más valiosos de una empresa no son necesariamente los que se pueden tocar. Marcas, software, bases de datos, licencias, algoritmos y know-how construyen el corazón de modelos de negocio modernos. Pero, ¿cómo se contabilizan? ¿quién los valora? ¿qué exige la normativa? Y sobre todo: ¿por qué se habla tanto hoy de reformar la NIC 38?
Este blog responde esas preguntas desde una mirada técnica pero clara. Aquí no hay clichés ni simplificaciones excesivas. Lo que hay es lo que toda empresa, contador, auditor y valuador debería saber en 2024.
1. ¿Qué regula la NIC 38 y por qué está en revisión?
La NIC 38 (Norma Internacional de Contabilidad) es la guía global para el tratamiento contable de activos intangibles. Define cómo reconocerlos, cómo medirlos inicialmente y después, cómo amortizarlos o revaluarlos, y cuándo deben deteriorarse. Sin embargo, fue escrita en un contexto analógico, donde los intangibles eran excepcionales, no estructurales.
“La NIC 38 está desactualizada frente a los activos digitales. No contempla adecuadamente intangibles como datos, software en la nube, algoritmos o propiedad intelectual generada por inteligencia artificial.”
— Observatorio IFRS, 2024
Por eso, la IFRS Foundation ha comenzado una revisión para que la norma refleje realidades como:
- Plataformas tecnológicas y apps con ciclos cortos de vida
- Valor económico de datos, bases de clientes o APIs
- Modelos de negocio donde la inversión intangible supera el 80% del valor
En este contexto, Colombia no es ajena al cambio: ha incorporado la NIC 38 en su contabilidad oficial (Decreto 2420 de 2015) y, además, ha fortalecido su legislación sobre valoración técnica a través de la Ley 1673 de 2013.
2. Claves técnicas para aplicar la NIC 38 hoy
Aunque la estructura básica de la NIC 38 no ha cambiado, hoy su aplicación es más exigente, tanto en documentación como en juicio profesional. Aquí una tabla con los puntos más relevantes:
| Aspecto | Qué debes tener claro hoy |
|---|---|
| Reconocimiento | Investigación = gasto; desarrollo = activo. Pero solo si cumple criterios estrictos: viabilidad técnica, intención de uso, generación de beneficios y medición confiable. |
| Modelos contables | Se usa por defecto el modelo del costo. El de revaluación solo si hay mercado activo. |
| Vida útil y amortización | Debe clasificarse entre finita o indefinida. La finita se amortiza, la indefinida se somete a prueba de deterioro. |
| Deterioro | Se evalúa bajo NIC 36. Si hay señales, debe calcularse el valor recuperable del intangible. |
3. Colombia: evolución normativa en lo contable, fiscal y valuatorio
Colombia ha pasado de una contabilidad basada en el Decreto 2649, donde los intangibles eran “activos diferidos”, a un marco basado en NIIF plenas. Este cambio implica más técnica, más evidencia, y también más regulación en temas de revalorización, tributación y avalúo. Mira esta evolución:
| Marco normativo | Antes (2009) | Hoy |
|---|---|---|
| Contabilidad local | Decreto 2649, sin NIIF, activo diferido | NIIF plenas (Decreto 2420/2015 y compilación 2023) |
| Exploración vs desarrollo | Investigación = gasto, desarrollo = activo | Igual, pero con mayor exigencia documental y pruebas de viabilidad |
| Tributación y revaluación | Sin IVA ni revalorización válida | IVA en intangibles industriales (Decreto 1089/2020) y revaluación solo con mercado activo |
| Valoración independiente | No aplicaba | Ley 1673 obliga avaluador registrado y avalúo técnico |
| Activos digitales | No considerados | En revisión por el IASB para su inclusión formal en la NIC 38 |
4. La Ley 1673 y el papel del avaluador en activos intangibles
Desde 2013, Colombia exige que todo avalúo —incluidos los de intangibles— sea realizado por un avaluador registrado en el RAA (Registro Abierto de Avaluadores). Esto cambia completamente el enfoque: ya no basta con estimar o proyectar valor desde finanzas corporativas; se necesita un informe técnico estructurado, soportado y trazable.
¿Qué regula la Ley 1673?
- Obliga el uso de enfoques internacionalmente aceptados.
- Exige que el avaluador esté certificado y registrado.
- Define la responsabilidad del profesional y la trazabilidad del avalúo.
Enfoques aplicables a intangibles:
| Método | En qué consiste | Cuándo usarlo |
|---|---|---|
| Ingresos | Ej: Flujo de caja descontado (DCF) | Intangibles que generan ingresos identificables (software, franquicias, marcas con cashflow) |
| Mercado | Comparables de ventas recientes | Si existen operaciones similares y mercados activos (marcas, licencias) |
| Costo | Costo de reposición o reproducción | Si el activo no genera ingresos directos (conocimiento técnico, desarrollo interno, software de uso propio) |
5. ¿Qué pasa con los activos digitales?
Los activos intangibles más modernos (como algoritmos, modelos de IA, bases de datos, APIs, dominios web o incluso reputación digital) no están plenamente cubiertos por la NIC 38 actual. Por eso, el IASB está revisando activamente su incorporación.
En Colombia, mientras tanto, las empresas deben usar el criterio de la NIC 38 junto con el juicio profesional del valuador para incorporarlos correctamente en estados financieros o procesos de compraventa, fusiones o litigios.
6. Recomendaciones clave para empresas, contadores y valuadores
- Si desarrollas tecnología o marcas: documenta desde el inicio para demostrar que se cumplen las condiciones de capitalización.
- Si vas a vender tu empresa: ten un avalúo técnico independiente de tus intangibles.
- Si presentas estados financieros: asegúrate de cumplir con NIC 38 y NIC 36, o podrías enfrentar observaciones del auditor.
- Si tienes activos digitales: mantente al día con la revisión de la norma y construye soportes desde ya.
Si eres contador o revisor fiscal: articula con un valuador certificado antes de aceptar cifras sin soporte técnico.
Conclusión
Los activos intangibles ya no son secundarios ni invisibles. Hoy son protagonistas. Y su tratamiento contable, fiscal y técnico es cada vez más exigente, más normado, y más relevante para decisiones estratégicas.
Como señala TM Tamayo:
“La pregunta ya no es si los intangibles se valoran, sino cómo y quién lo hace con respaldo legal y técnico.”
¿Requieres asesoría en la valoración de tus activos intangibles? Hablemos.
